Comparativo DDD2021

¿Existen otros diplomados sobre derecho y tecnología?

Si. El primer programa presencial en esta materia, fue el Diplomado en Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de el ITAM (mismo que ha cambiado de nombre en 2021). El primer Diplomado en línea en Derecho de las Tecnologías de Información y Comunicación fue ofertado por la Academia Mexicana de Derecho Informático en 2018, el cual hoy se denomina “Diplomado en Derecho Digital”.

En 2020 se ha incrementado la oferta académica. Ahora la Barra Mexicana Colegio de Abogados ofrece el Diplomado en Derecho de las Tecnología y la Universidad Anáhuac el Diplomado en Línea en Derecho Digital. Existen otros programas nuevos que no cuentan con el respaldo de ninguna institución académica o asociación profesional de prestigio. Algunos tienen solo 30 horas de duración, pero los venden como “diplomados”.

Te compartimos algunas características de dichos programas:



La información presentada en la tabla fue consultada entre el 28 de enero de 2021 en los sitios web de cada oferente, así como solicitando información vía telefónica. Contacta a cada institución para que conozcas si hay información adicional o actualizada.


Diplomado en Derecho Digital, Tecnología e Innovación del ITAM:

Diplomado en Derecho Digital de la EDD de AMDI y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM:

  • Contenido (Módulos).
    • M1: Propiedad intelectual y sus retos en el entorno digital.
    • M2: Protección de datos personales y sus retos en el entorno digital.
    • M3: Seguridad de la información; perspectiva técnica y legal.
    • M4: Delitos informáticos; panorama nacional e internacional.
    • M5: Gobernanza de Internet y telecomunicaciones.
    • M6: Derecho de las tecnologías de información y comunicación.
    • M7: Desafíos jurídicos de la cuarta revolución industrial.

Diplomado en Derecho de las Tecnologías de la BMA:

Diplomado en línea en Derecho Digital de la Universidad Virtual Anáhuac:

La presente información cumple con los “Criterios para la atención y valoración de asuntos en materia de publicidad comparativa” de PROFECO.